Reforma laboral

El pucherazo de Batet: no reformó en pandemia el reglamento que obliga a comprobar el voto telemático

Meritxell Batet reglamento
Batet junto a otros miembros del PSOE en la Mesa. (Foto: EP)
Segundo Sanz

La presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, no acometió durante la pandemia de coronavirus la necesaria reforma del Reglamento de la Cámara sobre el voto telemático. La ex ministra del PSOE lo fue gestionando conforme a acuerdos provisionales de la Mesa, obviando la comprobación del mismo «personalmente», según estable el Reglamento todavía vigente y la resolución de su desarrollo de 2012, apuntan fuentes parlamentarias a OKDIARIO.

Ello -un incumplimiento del reglamento- se le puede volver en contra a Batet en caso de que PP y Vox acudan en amparo al Tribunal Constitucional a raíz del «atropello democrático» y «pucherazo», según denuncian, que se ha producido en la votación de la reforma laboral, que fue convalidada por un error en el voto telemático de un diputado popular.

El parlamentario del PP Pablo Casero, cuyo voto erróneo decantó la balanza en la convalidación del real decreto-ley, no recibió ninguna llamada de comprobación de los servicios de la Cámara Baja porque ya no se venía haciendo en la práctica. Bastaba para Batet con la autovalidación en la aplicación informática. Sin embargo, a efectos jurídicos, todavía sigue vigente una Resolución de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 21 de mayo de 2012, para el desarrollo del procedimiento de votación telemática, según la cual el diputado debe ser llamado por la Cámara para la comprobación de su voto telemático. 14 de 349 parlamentarios (el podemita Alberto Rodríguez no ha sido sustituido) votaron de forma telemática el jueves.

En concreto, el punto cuarto de esa resolución de 2012 establece lo siguiente: «Tras ejercer el voto mediante el procedimiento telemático, la Presidencia u órgano en quien delegue, comprobará telefónicamente con el diputado autorizado, antes del inicio de la votación presencial en el Pleno, la emisión efectiva del voto y el sentido de este. Una vez verificados dichos extremos, el voto telemático emitido se trasladará a la Presidencia al inicio de la votación presencial en Pleno para que pueda anunciar el resultado acumulado de las votaciones», añade.

Esta resolución de la Mesa de mayo de 2012 fue adoptada «con el objeto de poner en práctica el procedimiento contemplado en la citada reforma», esto es, la del Reglamento sobre el voto telemático que había aprobado el Pleno de la Cámara por unanimidad en julio de 2011.

¿Qué ha ocurrido en la pandemia con la generalización del voto telemático? Que Batet no acometió ninguna reforma del Reglamento, no elevó al Pleno ninguna modificación al respecto, y se limitó a capear la situación mediante resoluciones de la Mesa que controlan PSOE y Podemos, subrayan las fuentes parlamentarias consultadas.

La primera de esas resoluciones provisionales tuvo lugar el 19 de marzo de 2020 -apenas unos días después de declararse el primer estado de alarma- y permitió el voto telemático a todos los diputados que lo pidiesen. En concreto, decía que «en desarrollo del artículo 82 del Reglamento y sin perjuicio de lo previsto en la Resolución de la Mesa de la Cámara para el desarrollo del procedimiento de votación telemática, de 21 de mayo de 2012, la emisión del voto se hará a través de la intranet de la Cámara, con la introducción de usuario y contraseña, como método de verificación de la emisión personal del voto».

Con esta resolución, Batet eliminó de un plumazo la verificación por otra persona distinta al emisor del voto y fio la misma a la doble validación que exige el sistema informático (el voto en ese punto del orden del día y la confirmación de no modificar ninguna de los votos emitidos en toda la sesión). De esta forma, Batet se alejó del espíritu de la Resolución de la Mesa de 2012, que planteaba la comprobación por otra persona -como se hizo hasta la pandemia-, y también del reglamento vigente desarrollado por dicha resolución, según el cual el voto telemático emitido «deberá ser verificado personalmente mediante el sistema que, a tal efecto, establezca la Mesa». Personalmente, en el sentido de una persona distinta al diputado, no una máquina, como ha ocurrido en este caso.

Posteriormente, en octubre de 2021, de nuevo la Mesa volvió a dejar en manos de la aplicación informática la «verificación» del voto telemático, que ya pasó a autorizarse únicamente para los casos estipulados en el Reglamento de 2012 (embarazo, maternidad, paternidad o enfermedad), así como los positivos Covid y los contactos estrechos. Una vez más, tampoco Batet planteó aquí una reforma del Reglamento.

En cambio, por ejemplo, en el Parlamento de Andalucía y con motivo también de la pandemia de coronavirus, el Pleno sí aprobó en mayo de 2020 una reforma del Reglamento de la Cámara autonómica -a instancia de su presidenta Marta Bosquet, de Ciudadanos- sobre la delegación del voto, inciden las mismas fuentes.

El Parlamento de Andalucía sí reformó su reglamento en pandemia.

En este contexto, el PP ha solicitado una convocatoria urgente de la Mesa del Congreso para invalidar la votación. Por su parte, los letrados de la Cámara están analizando lo ocurrido y elevarán sus informes a la próxima reunión de la Mesa que se celebre.

«Siempre me llamaban»

María Eugenia Romero, diputada del PP hasta 2019, ha señalado en redes sociales que ella ha votado por sus «dos embarazos telemáticamente en muchas ocasiones y siempre me llamaban los letrados para comprobar». «Es alucinante, a Batet también (le llamaron) cuando coincidió conmigo allí y que diga otra cosa ahora», le ha lanzado a la parlamentaria del PSC durante varias legislaturas.

Los populares denuncian también que Batet estaba obligada a convocar a la Mesa para ver si autorizaba a Casero subsanar el error, en base al punto sexto de la misma resolución de 2012, pero la presidenta socialista no convocó dicha Mesa. En sede parlamentaria y ante la protesta del PP, llegó a decir que la Mesa ya había «decidido» cuando ni siquiera se reunió.

Ese punto sexto establece que «el diputado que hubiera emitido su voto mediante el procedimiento telemático no podrá emitir su voto presencial sin autorización expresa de la Mesa de la Cámara que, en el supuesto en que decida autorizar el voto presencial, declarará el voto telemático nulo y no emitido».

El Grupo Popular solicitó el viernes a la Presidencia del Congreso que no publique la convalidación de la «contrarreforma laboral» ni en el Boletín Oficial de las Cortes Generales ni en el Boletín Oficial del Estado.

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